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RESOLUCION de 8 de mayo de 2003, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo en esta Universidad.

Publicado el 16/05/2003 (Nº 59)
Sección: BOA II. Autoridades y Personal - Oposiciones y concursos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

RESOLUCION de 8 de mayo de 2003, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convoca concurso de méritos, para la provisión de puestos de trabajo en esta Universidad.

Encontrándose vacantes y estando dotados presupuestariamente los puestos de trabajo que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, este Rectorado acuerda su provisión por el procedimiento de concurso de méritos, con sujeción a las siguientes,

BASES DE LA CONVOCATORIA:

1. Normas generales.

Para lo no dispuesto en la presente convocatoria, regirá lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública (BOE nº 185, de 3 de agosto) con las modificaciones que la misma ha tenido hasta la fecha; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA nº 25, de 1 de marzo), modificada por la Ley 12/1996, de 30 de diciembre (BOA nº 4, de 13 de enero de 1997); el RD 1271/1985, de 29 de mayo por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza; el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza, publicado por resolución de 28 de julio de 2000, (BOA nº 95, de 9 de agosto); el Decreto 80/1997, de 10 de junio, del Gobierno de Aragón por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA nº 67, de 13 de junio); el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (BOE nº 85, de 10 de abril).

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Podrán participar en este concurso los funcionarios de carrera de la Universidad de Zaragoza, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión y otros funcionarios que presten servicios en esta Universidad, de acuerdo con lo establecido en el art. 169 de los Estatutos de la Universidad de Zaragoza y en el Pacto de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Universidad de Zaragoza, que pertenezcan a los Grupos C ó D, integrados en Cuerpos o Escalas Administrativa y Auxiliar, respectivamente, siempre que reúnan los requisitos necesarios para los puestos convocados en los términos que figuran en el Anexo I.

2.2. Los funcionarios de la Universidad de Zaragoza en excedencia voluntaria por interés particular sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2.3. Los funcionarios en activo con destino definitivo sólo podrán participar en el presente concurso si hubieran transcurridos dos años en la fecha mencionada desde la toma de posesión del último destino definitivo, salvo que hubieran sido removidos o cesados en el puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o de libre designación, respectivamente, se hubiera suprimido su puesto de trabajo o concursen a puestos de trabajo de nivel superior.

2.4. Deberán reunirse los requisitos de pertenencia al grupo o grupos de clasificación de funcionarios y de adscripción a cuerpos o escalas y especialidad, de acuerdo con lo previsto en la Relación de Puestos de Trabajo (Resolución de 14 de enero de 2002), y posteriores modificaciones parciales.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en el presente concurso deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como Anexo II, que será facilitada gratuitamente en la Universidad de Zaragoza en: el Centro de Información Universitaria y Reclamaciones, Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas, y Vicerrectorados de Huesca y Teruel.

3.2. La presentación de las solicitudes, podrá hacerse en el Registro General de la Universidad de Zaragoza, C/ Pedro Cerbuna, 12, 50009 Zaragoza, en los registros de los Vicerrectorados de Huesca (C/ Ronda Misericordia, 1) y de Teruel (Ciudad Escolar, s.n.), o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Las solicitudes se dirigirán debidamente cumplimentadas al Exmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, siendo el plazo de presentación de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOA.

3.3. A las solicitudes se deberá acompañar curriculum vitae en el que consten, debidamente justificados, títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las distintas Administraciones Públicas o empresas privadas, estudios y cursos realizados, así como otros méritos y circunstancias que se estime oportuno poner de manifiesto, referidos a la fecha de finalización de presentación de solicitudes fijada en la presente convocatoria.

Cuando los méritos alegados no consten en el Servicio de Personal de Administración y Servicios y Nóminas de esta Universidad deberá presentarse fotocopia de los mismos junto con el original, para su cotejo, en la Sección de Personal de Administración y Servicios.

3.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se podrá presentar renuncia expresa a participar en el concurso durante el periodo de alegaciones a la lista provisional de admitidos y excluidos al concurso.

3.5. Cuando el nuevo destino implicase cambio de localidad, el traslado tendrá carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al abono de indemnizaciones por concepto alguno.

3.6. Forma de participación: En el caso de que el solicitante desee optar a más de un puesto de trabajo de los relacionados en el Anexo I, deberá solicitarlos en la misma instancia, haciendo constar en ésta el orden de preferencia para su adjudicación.

4. Valoración de méritos.

4.1 La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos, se efectuará de acuerdo a la Resolución de 15 de noviembre de 2002, (BOA nº 141 de 29 de noviembre) de la Universidad de Zaragoza, por la que hace público el baremo a aplicar en los procesos de provisión de puestos del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza.

4.2. La valoración de los méritos se realizará conforme a lo establecido en el artículo 3.2 del baremo.

En el apartado de Méritos Especiales, se sustituirá la memoria por la realización de una prueba basada en supuestos prácticos, tal como se establece en el apartado 2 C del Anexo I, Valoración de Méritos.

Para obtener un puesto de trabajo en el presente concurso, será necesario alcanzar el 30% de la puntuación máxima total fijada en los apartados a y b, y del 60% en la fase de méritos especiales.

4.3. El orden de prioridad para la adjudicación de cada puesto, vendrá dado por la puntuación total obtenida. En caso de empate se aplicará el artículo 4.3 del baremo.

5. Comisión de valoración.

5.1. La Comisión de Valoración, de acuerdo con lo establecido en el art. 32 del vigente Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la Universidad de Zaragoza, estará compuesto de la siguiente forma:

Titulares:

Presidente:

-Dª Mercedes Jaime Sisó, Excma Sra. Vicerrectora de Relaciones Internacionales

Vocales:

-D. Juan Fidel Corcuera Manso, Catedrático de Universidad, en representación de la Universidad de Zaragoza

-Dª Rosa Cercós Cucalón, Jefa de Servicio de Programas y Postgrados, en representación de la Universidad de Zaragoza

-2 miembros de la Junta de Personal, o personas en quienes deleguen.

-D. Oscar Luis Sebastián Sevilla, Jefe de Negociado de Gestión de la Sección de Personal de Administración y Servicios, que actuará con voz pero sin voto.

Suplentes:

Presidente

-Dª Nieves Ibeas Vuelta, Excma Sra. Vicerrectora de Proyección Social.

Vocales:

-Dª Carmen Foz Gil, Profesora Titular de Universidad, en representación de la Universidad de Zaragoza.

-Dª María Isabel Luengo Gascón, Jefa de Servicio de Estudiantes, en representación de la Universidad de Zaragoza.

-2 miembros de la Junta de Personal, o personas en quienes deleguen.

-D. Alberto Gimeno Bailón, Jefe de Negociado de Oposiciones y Concursos de la Sección de Personal de Administración y Servicios, que actuará con voz pero sin voto.

5.2. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión de Valoración se regirá por lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

6. Resolución del concurso y toma de posesión.

6.1 La Comisión de Valoración, efectuados todos los trámites procedimentales, elevará al Excmo. Sr. Rector Magnífico la propuesta de resolución del concurso con expresión de las personas propuestas, en su caso, para el desempeño de los diferentes puestos de trabajo. En dicha propuesta podrán declararse desiertos los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, debiendo razonar la misma.

6.2. Mediante Resolución de la Universidad de Zaragoza, se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón» la adjudicación de los puestos de trabajo convocados.

6.3. La fecha de incorporación al nuevo destino será comunicada en tiempo y forma por la Gerencia de la Universidad una vez publicada la resolución del concurso en el «Boletín Oficial de Aragón».

6.4 El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

6.5. Las personas que en el presente concurso obtengan alguno de los puestos de trabajo convocados no podrán participar en otro concurso hasta transcurridos dos años desde la incorporación efectiva al puesto de trabajo obtenido en este, salvo en los supuestos de remoción, cese o supresión de puestos de trabajo o cuando concurse a puestos de nivel superior al obtenido en el presente concurso.

7. Recursos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el BOA, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el art. 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa («Boletín Oficial del Estado» nº 167, del 14 de julio).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta Resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 8 de mayo de 2003.-El Rector, P.D. (Res. 7/7/2000) (BOA nº 85 de 17 de julio), el Gerente, Mariano Berges Andrés.